Agencia de Noticias UPB – Medellín. Con el ánimo de seguir protegiendo los derechos del consumidor y teniendo en cuenta las plataformas digitales con sus nuevas dinámicas, la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC- publicó una guía de buenas prácticas donde establece las “reglas de juego” que deben seguir los influenciadores en Colombia para poder vender algún producto o servicio a sus seguidores.
La SIC tiene definidos a los influenciadores como canales de comunicación que sirven para atraer público, pero no precisamente por ser un medio publicitario, sino porque generan un contenido que crea vínculos de confianza con sus seguidores, lo que los convierte en sujetos vulnerables y sensibles frente a la información que se le brinde. Por ello, los influenciadores deberán cumplir con todas las normas que se les imponen a las demás empresas y, por consiguiente, podrán ser objeto de sanciones en caso de cometer alguna acción que atente contra los derechos del consumidor y de la publicidad en general.
Carlos Andrés Gómez García, docente del Derecho en Consumo de la UPB, explicó que la SIC busca generar un ambiente de tranquilidad más allá de sancionar. Si se lee detenidamente esta guía, lo que se está dando a entender es que, desde el derecho, se está reconociendo al influencer como un mediador importante en la publicidad y, por ende, se deben regular sus acciones para que no atenten con el consumidor.
Teniendo en cuenta todo el panorama, el influenciador en Colombia entra a lo que se conoce como la cadena de consumo, de la que también hacen parte las agencias publicitarias, los medios de comunicación y los anunciantes. Estas cadenas de consumo lo que permiten es conocer los implicados en la venta de un producto o servicio en caso tal de que un consumidor haya realizado una denuncia y así identificar a qué entidad se le impone la sanción necesaria.
En conclusión, si un consumidor se siente vulnerado o engañado por alguna publicidad y el influenciador tiene que ver con esto, se le tendrá en cuenta en la investigación que realicé la SIC por ser parte de la cadena de consumo.
Por esto es importante que estas figuras públicas de las redes sociales empiecen a declarar, de forma explícita, si el contenido de la información que están divulgando con sus seguidores ha sido pagado.
Al ser entonces medios de comunicación regulados por el estatuto del consumidor, el influenciador deberá seguir las mismas normas que la publicidad: dar por explícito que les han pagado por un producto o servicio, tener en cuenta las franjas de edad y los horarios de publicidad, tener presente todas las regulaciones frente a ciertos productos (como el tabaco o el alcohol) y ser conscientes del tipo de público al cual le está llegando la información porque pueden ser público sensible cobijado por la ley (como comunidad LGBTI, niños, adolescentes, comunidades raciales minoritarias, etc.).
En caso de infringir con las normas establecidas, los influenciadores podrán recibir multas de hasta 1.000 SMLV.
Por último, es importante resaltar que esta guía debe entenderse en el contexto de la publicidad engañosa y que los influenciadores entiendan que ellos son los primeros en velar por la protección del consumidor al tener un vínculo tan cercano.
Puede acceder a la guía completa aquí
Por Laura Gómez Londoño. Agencia de Noticias UPB.
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