Agencia de noticias UPB - Medellín. En cuestión de sismos, al ser una realidad muy aproximada con el entorno, se debe tener presente como un fenómeno que siempre ha estado ahí. Desde el Servicio Geológico Colombiano, se han registrado unos 350 sismos en diferentes zonas del país durante el transcurso del 2023.
Los sismos no se pueden predecir con total precisión, pero sí se pueden tomar medidas estructurales y estratégicas para prevenir a las personas de estos sucesos, más teniendo en cuenta los avances tecnológicos en el monitoreo de estos actualmente.
Se resalta que la acción de este fenómeno es una carga adicional a tener en cuenta para la creación de cada proyecto arquitectónico: el empuje del terreno (porque los sismos están en constante movimiento), las ondas llegan de diferentes formas, este movimiento implica una acción, incluso sin sismos, la acción de las tormentas es una carga viva como la acción de los vientos, todas son cargas.
Luis Felipe Lalinde Castrillon, profesor e investigador de la Escuela de Arquitectura y Diseño, participante del grupo Arquitectura, urbanismo y paisaje de la UPB, expresa el rol del arquitecto dentro de la prevención sísmica en la construcción de edificaciones.
Luis Felipe exalta que la función de un arquitecto no siempre está relacionada con el componente estructural de estos proyectos, aun cuando este sea el que defina la forma, puesto que la estabilidad o no vulnerabilidad de las edificaciones grandes y pequeñas dependen de la intervención de varios profesionales en cada una de las etapas de construcción, como los ingenieros civiles, mecánicos, de suelo y estructurales, los geólogos, entre otros.
Toda función de los diferentes profesionales que intervienen en los proyectos de construcción se rige a través de la Norma Sismorresistente (NSR-10) expedida oficialmente desde la “Comisión asesora permanente para el régimen de construcciones sismorresistentes”, la cual fue una respuesta a la tragedia en víctimas y daños materiales del sismo de Popayán del 31 de marzo de 1983.
A partir de allí, se reguló el tema de sismorresistencia en las edificaciones en Colombia ante la Ley 400 de 1997, en la cual se estipularon las funciones de los profesionales que podían realizar labores de diseño, revisión, construcción y supervisión de los mismos, definiendo las responsabilidades y sanciones ante la vulnerabilidad sísmica y demás aspectos técnicos.
Dentro de las figuras que emprenden esta labor de velar por la seguridad del usuario, se encuentra el supervisor técnico, el cual cumple la función en obra de verificar que la estructura corresponda a los diseños, que estos sean los adecuados y se estén ejecutando de forma correcta, dado el caso de que identifique un fallo, interviene en la obra en términos de estabilidad para evitar que haya un colapso.
La NSR -10 vela por dar las condiciones mínimas reglamentarias, esta norma no está dirigida solo a arquitectos, ingenieros civiles, de suelos o estructurales, sino al conjunto de profesionales que participan del sector de la construcción.
Según Lalinde, se estima que “el arquitecto tiene que ver con el diseño, el control y garantía en el proceso de construcción de los elementos no estructurales, los cuáles son aquellos elementos de la edificación que deben ser estables en levantar su propio peso, pero que no tiene compromiso con transmitir cargas (…) tiene que dar garantía desde el diseño de que ese elemento no estructural quede bien diseñado y bien instalado, el ser funcional implica que sea estable”.
Técnicamente, ser conscientes de estos componentes para un diálogo correcto y técnico, pero sin tener la responsabilidad profunda de un ingeniero estructural.
Por último, Luis Felipe Lalinde afirma que “lo antisísmico no es nada, yo no puedo decir que mi edificio es antisísmico porque de pronto la naturaleza se pone seria y el edificio se viene abajo”. A pesar de tener bases técnicas que previenen ciertos escenarios complejos, las catástrofes de esta magnitud no se pueden controlar por completo por profesionales, con lo cual se debe ser responsable con las garantías del espacio, pero también concientizar a los usuarios del rol crucial de la naturaleza en la mediación de estos sucesos.
Por: Sheleyne Paola Cogollo Pérez - Agencia de Noticias UPB
Resolución 020198 del 31 de octubre de 2024 por un periodo de 8 años
Universidad sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional.
Otorgado por el Ministerio de Educación Nacional. Nit UPB: 890.902.922-6. Todos los derechos reservados